La respuesta directa: el Régimen Simple de Tributación (RST) es un modelo opcional de la DIAN que sustituye el impuesto de renta —y, a través del mismo mecanismo, integra el impuesto de industria y comercio (ICA) y otros— por un impuesto unificado calculado como un porcentaje sobre los ingresos brutos. Se paga con anticipos bimestrales y se cierra con una declaración anual. Pueden optar personas naturales y jurídicas que no superen el tope de ingresos vigente que fija la DIAN. Le conviene a negocios con márgenes altos y pocos costos deducibles; no siempre a los de margen bajo.
Cómo funciona el impuesto unificado
En el régimen ordinario declaras renta sobre la utilidad (ingresos menos costos y deducciones), con una tarifa sobre esa base. En el RST la base es distinta: los ingresos brutos, sin restar costos, y la tarifa es un porcentaje pequeño que depende de dos cosas: el grupo de actividad económica al que perteneces (comercio, servicios, actividades profesionales, expendio de comidas, etc.) y el rango de ingresos del año. Las tarifas exactas por grupo y rango las fija la ley y se consultan en la DIAN; acá importa entender la lógica: pagas sobre lo que vendes, no sobre lo que ganas.
Ese diseño es la clave de la decisión. Un negocio con margen alto (servicios, productos con poco costo) paga menos que en renta ordinaria. Un negocio con margen estrecho (reventa de productos con costo alto) puede terminar pagando más, porque el porcentaje se aplica a la venta completa aunque la ganancia sea pequeña.
Qué impuestos integra
- Renta: queda sustituida por el impuesto unificado.
- ICA (industria y comercio) y avisos y tableros: se integran al SIMPLE — el componente municipal se paga dentro del mismo formulario y la DIAN lo transfiere a los municipios.
- IVA: no desaparece. Si eres responsable de IVA, sigues cobrándolo en tus ventas y declarándolo, aunque en el RST la periodicidad y el formulario tienen sus particularidades. Para el desglose de cada venta tienes la calculadora de IVA.
- Impuesto nacional al consumo: aplica para los negocios de expendio de comidas y bebidas, integrado al mismo esquema.
Anticipos bimestrales y declaración anual
Durante el año presentas recibos de anticipo cada dos meses, calculados sobre los ingresos brutos del bimestre con la tarifa de tu grupo. Al año siguiente presentas la declaración anual consolidada, donde se liquida el impuesto definitivo y se restan los anticipos ya pagados. Las fechas de cada anticipo y de la declaración anual dependen del último dígito de tu NIT y están en el calendario tributario de cada año.
Quién puede optar
En términos generales, personas naturales que desarrollen una empresa y personas jurídicas cuyos socios sean personas naturales, con ingresos brutos del año anterior por debajo del tope vigente que fija la DIAN (se expresa en UVT y se actualiza). Hay actividades y situaciones excluidas — por ejemplo, ciertos servicios financieros o ser socio de otras sociedades bajo condiciones específicas — que conviene revisar en la normativa vigente antes de decidir. La inscripción se hace actualizando el RUT (ver cómo consultar y actualizar el RUT) dentro del plazo que la DIAN abre cada año; fuera de ese plazo, hay que esperar al siguiente.
¿Le conviene a un vendedor online?
Haz la cuenta con tus números reales, no con la promesa de "simplicidad":
- Calcula tu margen. Si vendes productos que compras a un proveedor, tu utilidad sobre la venta puede ser del 20-40%. Si vendes servicios o productos que fabricas con poco costo, puede superar el 60%.
- Estima el impuesto en cada régimen. En el ordinario, la tarifa de renta sobre tu utilidad neta; en el SIMPLE, la tarifa de tu grupo sobre tus ingresos brutos. Compara.
- Suma el ICA. Si tu municipio cobra ICA y en el SIMPLE queda integrado, esa parte suele inclinar la balanza a favor del régimen simple para negocios pequeños.
- Valora el costo de cumplir. El SIMPLE tiene menos declaraciones y menos contabilidad fiscal; para un negocio de una persona, eso vale plata (o horas).
Regla práctica: margen alto y ventas en crecimiento → el SIMPLE suele convenir; margen bajo → probablemente no. Y si dudas, un contador con tus cifras del último año te da la respuesta en una tarde.
El ángulo de la tienda online
Cualquiera sea el régimen, la base de todo es saber cuánto vendiste, bimestre a bimestre, con el IVA desglosado. Vender por WhatsApp con el registro en la cabeza es la forma de llegar al anticipo sin números. Una tienda online te deja el registro hecho: cada pedido con fecha, valor, IVA y medio de pago, listo para el contador. Con Tiendli creas tu tienda online gratis, con precios en pesos e IVA incluido, y apareces en el marketplace de Colombia.
Preguntas frecuentes
¿El Régimen Simple es obligatorio?
No, es opcional. Se ingresa por decisión del contribuyente actualizando el RUT dentro del plazo anual que fija la DIAN, y se puede volver al régimen ordinario cumpliendo las condiciones de retiro. Si superas el tope de ingresos, quedas excluido.
¿En el Régimen Simple sigo cobrando IVA?
Sí, si eres responsable de IVA. El SIMPLE sustituye la renta e integra el ICA, pero el IVA sigue existiendo: lo cobras en cada venta y lo declaras según las reglas del régimen.
¿Cómo se pagan los anticipos?
Con el recibo electrónico bimestral que se genera en el portal de la DIAN, calculado sobre los ingresos brutos del bimestre y la tarifa de tu grupo. Las fechas límite dependen del último dígito de tu NIT.
¿Vendo online desde mi casa: puedo estar en el SIMPLE?
En general sí, si eres persona natural con actividad empresarial y no superas el tope de ingresos ni caes en una exclusión. El comercio al por menor por internet cabe dentro de los grupos de actividad del régimen. Confirma tu caso con la normativa vigente o un contador antes de inscribirte.
